14 jun 2011

Fta-ugt denuncia a la mercantil Agronativa SL

Por la constante vulneración de las normas de prevención de riesgos laborales y el trato denigrante hacia sus trabajadoras.
La Federación de Trabajadores Agroalimentarios (FTA) de UGT Región de Murcia, ha interpuesto una denuncia contra la mercantil Agronativa S.L., dedicada al manipulado y envasado de fruta fresca y hortalizas en el municipio de Cieza, por la continua vulneración de las normas laborales en materia de prevención de riesgos laborales, así como atentar contra la dignidad de sus trabajadoras.
Agronativa S.L cuenta con una plantilla que asciende a unos doscientos trabajadores fijos discontinuos de contratación directa, y otros doscientos puestos que están dispuesto a disposición por la empresa de trabajo temporal UNIQUE ETT.

La jornada laboral de la plantilla está fijada de 06:30 horas hasta las 15:30 horas, en turno de mañana, y de las 15:45 horas hasta las 03:00, 04:00 ó 05:00 de la madrugada, en turno de tarde-noche (incluidos sábados y domingos), y por los que perciben la ridícula cifra de 5,75 euros brutos como salario hora, cantidad muy inferior a la dispuesta en el convenio colectivo de aplicación.
Sin embargo, no es esto lo más indignante que tienen padecer los trabajadores y trabajadoras de esta empresa murciana, sino que están expuestos, continuamente, a riesgos psicosociales derivados del estrés y el ritmo de trabajo tan elevado, aumentando el riesgo de accidentes a causa de la sobrecarga de trabajo que tienen que cumplir con turnos excesivamente amplios.
A esa situación, se suma el hecho de que no cuentan con la formación adecuada en lo relativo al manejo, funciones y riesgos específicos que conlleva el desempeño de las funciones diarias en la empresa.

Una de las situaciones más denigrantes, es el hecho de que las trabajadoras se ven obligadas a pedir permiso para ir al aseo, a lo que la encargada le dará o no el permiso, además de portar una tarjeta roja en el cuello donde puede leerse "aseo", acciones que las mismas trabajadoras califican de humillantes y degradantes.
Además, y en el caso de que les permita la visita al cuarto de baño, sólo cuentan con dos, máximo tres minutos para hacer sus necesidades y para ello, deben además quitarse el gorro, la bata, lavarse las manos, abrir el torno del aseo con su huella personal, asearse después y volver a colocarse las prendas.
Todo ello, bajo la amenaza además de descontarles media hora de salario si exceden los cinco minutos en el aseo.

Recientemente una trabajadora fue despedida tras mantener una discusión con una de las encargadas por querer dirigirse al aseo sin esperar a que ésta le indicara que podía y le colocara, entonces, la tarjeta roja.
La trabajadora, se vio obligada a dar explicaciones de su urgencia, y que además tenía la menstruación y no podía esperar.
Este tipo de situaciones ha llegado a provocar, incluso, que muchas de las trabajadoras hayan optado por dejar de beber agua mientras trabajan y así, no tener que ir al servicio "más de lo habitual"; actitudes que están afectando directamente a su salud, dado que muchas de ellas realizan tareas que implican un movimiento constante en un entorno caluroso.

Las acciones de esta mercantil se han ido agravando con el tiempo y la semana del 16 al 21 del pasado mes de mayo, el personal de almacén trabajó en el turno de tarde desde las 15:45 horas hasta las 04:30 o 05:00 horas, durante únicamente pudieron descansar 30 minutos, pese a que el convenio colectivo de referencia, en el artículo 12, señala un descanso retribuido de 15 minutos cada 5 horas de trabajo.
De hecho, y como consecuencia de esta denigrante forma de trabajo, una de las empleadas sufrió un desmayo de madrugada.
El desgaste físico y emocional de estas trabajadoras es muy alto y la conciliación entre vida laboral y familiar se les hace imposible.

Por otra parte, reciben también amenazas desde el pasado domingo 29 de mayo, fecha en la que se las coaccionó a trabajar los domingos, amenazándolas con que se les suspendería de empleo y sueldo el lunes y martes siguiente si no accedían al 'chantaje'.
Todas estas irregularidades descritas suponen un claro incumplimiento del deber empresarial de protección eficaz del trabajador, en orden de garantizar su seguridad y salud en todos los aspectos relacionados con el trabajo, mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias, tal y como dicta el artículo 14.2 de Prevención de Riesgos Laborales.

Con la interposición de esta denuncia, desde FTA-UGT se ha solicitado a la Inspección de Trabajo que gire visita a la empresa denunciada, compruebe los hechos descritos y, en su caso, tome las medidas oportunas para que la empresa cumpla con la normativa vigente de aplicación.
IMAGENES de PREVENCION: Recursos on-line para prevencionistas y profesionales relacionados.
fruta ALIMENTACION COMIDA

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