El Instituto Catalán de Salud (ICS) ha sido condenado por violar los artículos 14, 15 y 18 de la Constitución en el trato propiciado por la dirección de un hospital a una jefa de servicio. La médico demandante sufre un trastorno adaptativo como consecuencia del acoso laboral.
Soledad Valle - 19 de Enero de 2011
El Juzgado Contencioso-administrativo número 16 de Barcelona ha admitido la demanda de una médico, jefe de servicio en un hospital catalán, contra el Instituto Catalán de Salud (ICS) por acoso laboral o mobbing. El juez considera probado que la médico demandante fue sometida a un acoso laboral por los miembro de su equipo, que encontraron apoyo en la dirección del centro. En consecuencia, la sentencia ha condenado al ICS a indemnizar con 6.000 euros a la médico demandante por vulnerar los artículos 14, 15 y 18 de la Constitución.
Los hechos sucedieron durante varios años después de que la facultativa ascendiera, mediante oposición, a una jefatura de servicio. En esta posición vio cuestionada su autoridad por miembros de su equipo y dio conocimiento de su situación a la dirección del hospital. La Unidad de Prevención de Riesgos Laborales estudió el caso y confirmó "el deterioro del ambiente laboral". En su informe de valoración recogió unas recomendaciones para mejorar el ambiente, algunas dirigidas a la dirección del centro. En la demanda, elaborada por José Ramón Oncins, letrado de la médico reclamante, se argumenta que el centro no siguió ninguna de las recomendaciones recogidas en el informe de la Unidad de Prevención de Riesgos, "e incluso algunas de ellas [de las actuaciones] fueron contrarias a lo que se recomendaba, sirviendo únicamente para incrementar la situación de tensión en el departamento".
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