El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que establece la protección por contingencias profesionales --accidentes de trabajo y enfermedad profesional-- para las empleadas del hogar, para equiparar la cobertura a estas trabajadoras con la que se contempla para los trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social.
Esta protección se aplica a este colectivo desde el 1 de enero de 2011, al estar prevista en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para este año, si bien este Real Decreto ordena lo que se venía aplicando en virtud de esta previsión.
Así pues, se establece la obligación de cotizar por este concepto, de acuerdo con lo previsto en la tarifa de primas por contingencias profesionales que se aplique a estas trabajadoras.
Además, las empleadas del hogar, al igual que el resto de los trabajadores, tienen desde este año derecho al subsidio por incapacidad temporal en los casos de accidente o enfermedad profesional, a partir del día siguiente al de la baja, siendo la cuantía del mismo del 75% de la base reguladora.
La norma determina también el concepto de accidente de trabajo y enfermedad profesional y el alcance de la acción protectora tal y como se define para el Régimen General, fija las condiciones de acceso a las prestaciones y señala que su reconocimiento y pago se realizará por le entidad gestora o en su caso por la mutua con la que se haya formalizado la cobertura.
El Gobierno regula la protección por accidente ...
HIGIENE (1) | + IMG |
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Tu opinión es importante ...