La legislación aplicable no incluye el campo en la definición de “lugar de trabajo”, por lo que los riesgos y las medidas preventivas que se plantean bajo este epígrafe sólo se referirán a las instalaciones industriales, dedicadas a la elaboración del vino.
Dentro de éstas, también es necesario considerar sus diferencias en características constructivas (desde bodegas tradicionales a bodegas de última generación), y que las condiciones ambientales que deben mantenerse son las exigidas por el proceso productivo.
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