11 ago 2011

NAVARRA: convocatoria EXAMEN Consejero ADR 2011

RESOLUCIÓN 261/2011, de 2 de agosto, de la Directora General de Transportes, por la que se convoca la realización de las pruebas para la obtención del certificado de capacitación profesional de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera o ferrocarril y para la renovación de los certificados cuya validez finaliza en los próximos meses.

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... En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por el artículo 22.1.d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.ºAprobar la convocatoria para la realización de pruebas para la obtención del certificado de capacitación profesional de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera o ferrocarril y para la renovación de los certificados cuya validez finaliza los próximos meses, por estar a punto de transcurrir los cinco años de su validez (5 de diciembre de 2011, en el caso de Navarra), que se regirán por las Bases que se incorporan como Anexo a la presente Resolución.

2.ºNotificar esta Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes.

3.ºDisponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.ºIndicar que contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Fomento y Vivienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 2 de agosto de 2011.-La Directora General de Transportes, Berta Miranda Ordobás.

BASES

Convocatoria para la realización de las pruebas para la obtención del certificado de capacitación profesional de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera o ferrocarril y para la renovación de los certificados cuya validez finaliza en los próximos meses. (Finales del año 2011 y principios del 2012)

Primera.-Objeto.

1. Esta convocatoria tiene por objeto la realización de las pruebas para la obtención del certificado de capacitación profesional de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera o ferrocarril y para la renovación de los certificados cuya validez finaliza en los próximos meses, por estar a punto de cumplirse los cinco años de validez, por haber sido expedidos en Navarra con fecha 5 de diciembre de 2006.

2. Las pruebas para la obtención y para la renovación de los certificados de capacitación profesional de consejeros de seguridad, estarán dirigidas a las siguientes modalidades:

Transporte de mercancías peligrosas por carretera:

-Todas las especialidades.

-Clase 1 (materias y objetos explosivos).

-Clase 2 (gases).

-Clase 7.

-Clase 3; 4.1; 4.2; 4.3; 5.1; 5.2; 6.1; 6.2; 8 y 9. Materias sólidas y líquidas contenidas en la enumeración de cada una de las clases del acuerdo europeo para el transporte internacional de mercancías peligrosas (ADR).

-Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas 1202 (gasóleo), 1203 (gasolina) y 1223 (queroseno).

Transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril:

-Todas las especialidades.

-Clase 1 (materias y objetos explosivos).

-Clase 2 (gases).

-Clase 7.

-Clases 3; 4.1; 4.2; 4.3; 5.1; 5.2; 6.1; 6.2; 8 y 9 Materias sólidas y líquidas contenidas en la enumeración de cada una de las clases del acuerdo europeo para el transporte internacional de mercancías peligrosas por ferrocarril (RID).

-Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas 1202 (gasóleo), 1203 (gasolina) y 1223 (queroseno).

Segunda.-Requisitos.

Podrán tomar parte en las convocatorias las personas que tengan su residencia habitual en la Comunidad Foral de Navarra. Se presumirá que la residencia habitual del aspirante se encuentra en el lugar en que figure su domicilio en su documento nacional de identidad en vigor. Solo se admitirá que el domicilio es diferente al que aparece en su documento nacional de identidad cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

-Que el aspirante acredite, mediante el certificado de empadronamiento, que ha tenido su domicilio en la Comunidad Foral de Navarra al menos 185 días naturales del último año, contados desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a las pruebas.

-Si del certificado de empadronamiento se deduce que ha tenido su domicilio en la Comunidad de Foral de Navarra menos de 185 días del último año, contado desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá justificar que se ha visto obligado por razones familiares o profesionales a cambiar su residencia a la Comunidad de Foral de Navarra. Esta circunstancia no se entenderá cumplida cuando se trate de una estancia temporal en una localidad para la realización de una actividad determinada. La asistencia a una universidad, escuela o centros docentes no implica el traslado de residencia habitual.

Tercera.-Presentación de las solicitudes y documentación.

1. Las personas que deseen participar en la presente convocatoria deberán presentar su solicitud de una de las siguientes maneras:

-A través de Internet, cumplimentando el formulario que aparece en el Portal del Gobierno de Navarra, www.navarra.es, dentro de "Servicios", apartado "Temas", subapartado "Transporte".

-Presentando una solicitud, según el modelo que figura en los Anexos I o ll de estas Bases en la oficina de Registro General del Gobierno de Navarra situada en el Departamento de Fomento y Vivienda (Avenida San Ignacio, número 3, planta baja, Pamplona) y, asimismo, en cualquiera de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra relacionadas en el Decreto Foral 137/2002, de 24 de junio (Boletín Oficial de Navarra número 95, de 7 de agosto) o en los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dicha solicitud se podrá obtener de estos Anexos, o bien solicitándola en el Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes.

2. Además de la solicitud, en ambos casos, los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación.

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad vigente.

Si el domicilio que figure en el documento nacional de identidad no es de la Comunidad Foral de Navarra, deberá acreditar la residencia en Navarra mediante certificado de empadronamiento, en el que figure que ha tenido su domicilio en la Comunidad Foral de Navarra al menos 185 días naturales del último año, contado desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a las pruebas.

Para el caso de una antigüedad inferior a 185 días en el empadronamiento, deberá adjuntarse documentación acreditativa de las razones familiares o profesionales que le han obligado a cambiar su residencia a la Comunidad de Foral de Navarra.

b) Justificante de haber ingresado en la cuenta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la cantidad de 11,00 euros, en concepto de presentación a examen, por cada una de las modalidades de certificado de capacitación que se desee obtener o que se desee renovar.

c) En el caso de presentarse al examen para la renovación del certificado, fotocopia compulsada del mismo.

3. En el caso de que la solicitud se realice por Internet, dicha documentación se remitirá por correo certificado al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes (calle Alhóndiga, número 1, 2.ªPlanta, 31002 Pamplona) o se presentará en cualquiera de los Registros Oficiales del Gobierno de Navarra. En otro caso, se adjuntará dicha documentación a la solicitud.

Cuarta.-Plazo de presentación de las solicitudes.

Cualquiera que sea la fórmula elegida para inscribirse en las pruebas, tanto la solicitud como la documentación necesaria deberá presentarse en los siguientes plazos:

-Para la renovación del certificado y para nueva obtención: Desde el día 1 de septiembre hasta las 14:30 horas del día 14 de septiembre de 2011.

Quinta.-Lista provisional y definitiva de admitidos y excluidos.

1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la lista provisional de admitidos y excluidos se publicará en el tablón de anuncios de las oficinas del Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes (calle Alhóndiga, número 1, 2.ªplanta, de Pamplona) el día 21 de septiembre de 2011.

Los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido hasta el día 5 de octubre de 2011.

Las listas definitivas de admitidos y excluidos se harán públicas, de igual forma, el día 7 de octubre de 2011.
Sexta.-Tribunal.
Las pruebas para la obtención del certificado de capacitación profesional de consejero de seguridad versarán, según la modalidad, sobre el contenido del programa oficial que se incluye en el Anexo IIl de las presentes Bases.

Octava.-Estructura de los ejercicios.

1.-El examen para la obtención del certificado, referido a cada uno de los modos de transporte (carretera o ferrocarril) constará de dos pruebas:

La primera prueba consistirá en contestar a 50 preguntas tipo "test", con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias contenidas en el Anexo lll de las presentes Bases. Para la realización de esta prueba no se permitirá la consulta de ningún texto. El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de una hora.

La segunda prueba, en la que se permitirá la consulta de textos, excepto aquéllos en los que figure la solución a los supuestos, consistirá en la realización de un estudio o supuesto que, con referencia al ámbito del modo de transporte y a la especialidad correspondiente versará sobre las tareas y obligaciones a realizar y/o cumplir por el consejero. El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de una hora.

En el caso de que el aspirante opte por realizar una prueba independiente para alguna o algunas de las especialidades señaladas en el artículo segundo las pruebas mantendrán el mismo esquema y versarán únicamente sobre aquellas materias que puedan afectar a la especialidad del transporte de que se trate.

2.-El examen para la renovación del certificado consistirá en la realización de una sola prueba, en la que se habrá de responder a 50 preguntas tipo "test", con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias contenidas en el Anexo lll, teniendo una duración de 1 hora. Para la realización de esta prueba no se permitirá la consulta de ningún texto.

Novena.-Calificación de los ejercicios.

Cada prueba se valorará de 0 a 100 puntos y se considerará superada cuando el examinando obtenga una puntuación igual o superior a 50. Las respuestas erróneas no tendrán penalización.

Décima.-Fechas y lugar de realización de las pruebas.

1. Las pruebas para la obtención inicial del certificado de capacitación y para la renovación de los certificados que caduquen en los próximos meses comenzarán el sábado día 22 de octubre de 2011, en el aulario de la Universidad Pública de Navarra.

3. El horario concreto de la realización de cada prueba se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes junto con la lista definitiva de admitidos y excluidos.

4. Los aspirantes que acudan a la realización de las pruebas deberán ir provistos de su Documento Nacional de Identidad en vigor.

Undécima.-Relación de aprobados.

1. Terminada la calificación de los ejercicios, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios de las oficinas del Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes (calle Alhóndiga, número 1, 2.ªplanta, de Pamplona), la relación de aprobados así como la fecha y lugar en que se realizarán las pruebas para aquellos aspirantes a la renovación del certificado que no hayan superado el examen y deseen presentarse a una nueva prueba. Finalizada la corrección de los ejercicios, se dará traslado de los resultados a la Directora General de Transportes.

2. La Resolución de la Directora General de Transportes aprobando la relación de aspirantes que han superado las pruebas se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Fomento y Vivienda en el plazo de un mes a contar desde la referida publicación.


ANEXO I
 Solicitud de inscripción a las pruebas para la obtención de la capacitación profesional de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera o ferrocarril

A) Datos del solicitante:

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre

Número del D.N.I.

Fecha nacimiento

Lugar de nacimiento

Nivel de estudios

Domicilio

Código Postal

Localidad

Número de teléfono

El solicitante cuyos datos figuran arriba solicita ser admitido a las pruebas contenidas en la convocatoria aprobada por resolución de la Directora General de Transportes para la obtención de la capacitación profesional de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por las siguientes especialidades:

B) Pruebas a las que se presenta (ponga una X donde proceda).

Consejero de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera:

-Todas las especialidades.

-Clase 1.

-Clase 2.

-Clase 7.

-Clases 3; 4.1; 4.2; 4.3; 5.1; 5.2; 6.1; 6.2; 8 y 9.

-Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas 1202, 1203 y 1223.

Consejero de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril:

-Todas las especialidades.

-Clase 1.

-Clase 2.

-Clase 7.

-Clases 3; 4.1; 4.2; 4.3; 5.1; 5.2; 6.1; 6.2; 8 y 9.

-Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas 1202, 1203 y 1223.

C) La tasa por derechos de examen y formalización de expediente, es de 11,00 euros, por cada una de las especialidades a que opte.

Pamplona, a..........................

Firma


ANEXO II
 Solicitud de inscripción a las pruebas para la renovación de la capacitación profesional de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera o ferrocarril

A) Datos del solicitante:

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre

Número del D.N.I.

Fecha nacimiento

Lugar de nacimiento

Nivel de estudios

Domicilio

Código Postal

Localidad

Número de teléfono

Título a renovar 
Expedido por Fecha obtención del título
 

El solicitante cuyos datos figuran arriba solicita ser admitido a las pruebas contenidas en la convocatoria aprobada por resolución de la Directora General de Transportes para la renovación del certificado de capacitación profesional de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por las siguientes modalidades:

B) Pruebas a las que se presenta (ponga una X donde proceda).

Consejero de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera:

-Todas las especialidades.

-Clase 1.

-Clase 2.

-Clase 7.

-Clases 3; 4.1; 4.2; 4.3; 5.1; 5.2; 6.1; 6.2; 8 y 9.

-Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas 1202, 1203 y 1223.

Consejero de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril:

-Todas las especialidades.

-Clase 1.

-Clase 2.

-Clase 7.

-Clases 3; 4.1; 4.2; 4.3; 5.1; 5.2; 6.1; 6.2; 8 y 9.

-Materias líquidas inflamables con los números de identi ficación de la Organización de Naciones Unidas 1202, 1203 y 1223.

C) La tasa por derechos de examen y formalización de expediente, es de 11,00 euros, por cada una de las modalidades a que opte.

Pamplona, a ..........................
Firma
ANEXO III 

Lista de las materias precisas para la realización de las pruebas de consejero de seguridad

Los conocimientos que se tendrán en cuenta para la expedición del certificado se referirán a las siguientes materias:

I.-Medidas generales de prevención y de seguridad:

1. Conocimientos de los tipos de consecuencias que puedan derivarse de un accidente en el que están implicadas mercancías peligrosas.

2. Conocimiento de las principales causas de accidente.

II.-Disposiciones relativas al modo de transporte utilizado contenidas en la legislación nacional, normas comunitarias, convenios y acuerdos internacionales, y que se refieran, en particular, a:

1. Clasificación de las mercancías peligrosas:

a) Procedimiento de clasificación de las soluciones y mezclas.

b) Estructura de la enumeración de las materias.

c) Clases de mercancías peligrosas y los principios de clasificación de las mismas.

d) Naturaleza de las materias y objetos peligrosos transportados.

e) Propiedades fisico-químicas y toxicológicas.

2. Condiciones generales de embalaje, incluidas las cisternas y contenedores-cisterna:

a) Tipos de embalajes, codificación y marcado.

b) Requisitos relativos a los embalajes y normas relativas a las pruebas efectuadas a los embalajes.

c) Estado del embalaje y control periódico.

3. Etiquetas e indicaciones de peligro.

a) Inscripción en las etiquetas de peligro.

b) Colocación y eliminación de las etiquetas de peligro.

c) Señalización y etiquetado.

4. Indicaciones en la carta de porte:

a) Datos consignados en la carta de porte.

b) Declaración de conformidad del expedidor.

5. Modo de envío y restricciones en la expedición:

a) Carga completa.

b) Transporte a granel.

c) Transporte en grandes recipientes para el granel.

d) Transporte en contenedores.

e) Transporte en cisternas fijas o desmontables.

6. Transporte de pasajeros.

7. Prohibiciones y precauciones de carga en común.

8. Separación de las materias.

9. Limitación de las cantidades transportadas y cantidades exentas.

10. Manipulación y estiba:

a) Carga y descarga (grado de llenado).

b) Estiba y separación.

11. Limpieza o desgasificación antes de la carga y después de la carga.

12. Tripulación: formación profesional.

13. Documentos que deben llevarse a bordo:

a) Carta de porte.

b) Instrucciones escritas.

c) Certificado de autorización del vehículo.

d) Certificado de formación para los conductores de vehículos.

e) Certificado de formación relativa a la navegación interior.

f) Copia de cualquier exención.

g) Otros documentos.

14. Consignas de seguridad: Ejecución de las instrucciones y equipo de protección del conductor.

15. Obligaciones de vigilancia: Estacionamiento.

16. Reglas y restricciones de circulación o de navegación.

17. Vertidos operativos o accidentales de sustancias contaminantes.

18. Requisitos relativos al material de transporte.

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