Esta norma tiene como objetivo limitar 'la excesiva e imprudente asunción de riesgos en el sector bancario' que ha motivado una estructura salarial centrada en el corto plazo y los beneficios inmediatos.
Además, según recuerda la UE en un comunicado, estas renumeraciones 'mal concebidas' han provocado 'la quiebra de distintas entidades y traído problemas a la sociedad en su conjunto'.
En caso de no cumplir con la exigencia, el Ejecutivo comunitario advierte al Gobierno de que llevará a España ante el Tribunal de Justicia ya que tiene carácter de "dictámenes motivados", el segundo paso en el proceso de infracción comunitaria. La UE también ha instado a Grecia, Italia, Portugal, Polonia y Eslovenia a cumplir con la normativa bajo la misma amenaza de acabar ante los tribunales. El plazo para aplicar la norma concluyó el pasado 1 de enero pero, hasta la fecha, España no ha aplicado ninguna de sus disposiciones, destaca la UE.
La directiva a la que hace referencia Bruselas modifica otras dos leyes comunitarias sobre los requisitos de capital con vistas a garantizar la solvencia financiera de los bancos y sociedades de inversión. Esta legislación, añade la Comisión en su nota, "aborda los incentivos salariales perversos al exigir a las entidades que apliquen políticas de renumeración solventes que no estimulen o premien las asunciones de riesgos excesivos".
Según el nuevo marco jurídico, los supervisores bancarios (en el caso español el Banco de España) tienen la facultad de sancionar a los bancos cuyas políticas de remuneración no se ajusten a los nuevos requisitos. Sin embargo, la Directiva no introduce límites salariales o en las primas.
El Gobierno cambió la norma sobre los sueldos de los banqueros a través de la Ley de Economía Sostenible, que entró en vigor en febrero. En ella, se permite que el Banco de España pueda exigir a las entidades financieras que apliquen políticas de retribución que garanticen una actuación prudente, pero a tenor de la reclamación de Bruselas, no ha completado la aplicación de la directiva a la legislación.
La ley también se obligaba a las entidades a publicar "un resumen global de cómo se aplicó la política de retribuciones durante el ejercicio, así como el detalle de las retribuciones individuales devengadas por cada uno de los consejeros".
En caso de no cumplir con la exigencia, el Ejecutivo comunitario advierte al Gobierno de que llevará a España ante el Tribunal de Justicia ya que tiene carácter de "dictámenes motivados", el segundo paso en el proceso de infracción comunitaria. La UE también ha instado a Grecia, Italia, Portugal, Polonia y Eslovenia a cumplir con la normativa bajo la misma amenaza de acabar ante los tribunales. El plazo para aplicar la norma concluyó el pasado 1 de enero pero, hasta la fecha, España no ha aplicado ninguna de sus disposiciones, destaca la UE.
La directiva a la que hace referencia Bruselas modifica otras dos leyes comunitarias sobre los requisitos de capital con vistas a garantizar la solvencia financiera de los bancos y sociedades de inversión. Esta legislación, añade la Comisión en su nota, "aborda los incentivos salariales perversos al exigir a las entidades que apliquen políticas de renumeración solventes que no estimulen o premien las asunciones de riesgos excesivos".
Según el nuevo marco jurídico, los supervisores bancarios (en el caso español el Banco de España) tienen la facultad de sancionar a los bancos cuyas políticas de remuneración no se ajusten a los nuevos requisitos. Sin embargo, la Directiva no introduce límites salariales o en las primas.
El Gobierno cambió la norma sobre los sueldos de los banqueros a través de la Ley de Economía Sostenible, que entró en vigor en febrero. En ella, se permite que el Banco de España pueda exigir a las entidades financieras que apliquen políticas de retribución que garanticen una actuación prudente, pero a tenor de la reclamación de Bruselas, no ha completado la aplicación de la directiva a la legislación.
La ley también se obligaba a las entidades a publicar "un resumen global de cómo se aplicó la política de retribuciones durante el ejercicio, así como el detalle de las retribuciones individuales devengadas por cada uno de los consejeros".
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Tu opinión es importante ...