6 abr 2011

Supremo impide a CEOE limitar sus convenios con las mutuas


La lucha por el control de las Mutuas continua.
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de CEOE que pretendía paralizar la ampliación de uno a tres años del plazo de los convenios entre las empresas y las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
La sala cuarta de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal acaba de dictar una sentencia, por la que rechaza la pretensión de la patronal de dejar sin efecto la ampliación del plazo de los contratos con las mutuas que había dictado el año pasado el Ministerio de Trabajo.
El Ministerio introdujo en 2010 una disposición transitoria al nuevo decreto sobre mutuas de trabajo por el que se ampliaba de uno a tres años el plazo de vigencia de los convenios de asociación de las empresas con sus respectivas mutuas.
La ampliación del plazo se hace "de manera excepcional y por una sola vez" y afecta, "tanto a los convenios suscritos a partir de la entrada en vigor del decreto (15 de enero de 2010) como a los que estuvieran en vigor en dicha fecha".
Trabajo justificaba estaba medida para "dotar de estabilidad al sector de las mutuas hasta que los procesos de concentración se encuentren debidamente consolidados".

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